Funciones de los Gerentes Ejecutivos
Son responsables en forma complementaria a las obligaciones del directorio, y reporta a éste acerca del desempeño de la empresa.
El gerente general es el responsable legal de la empresa y en ese sentido deberá velar por el cumplimiento de todos los requisitos legales que afecten los negocios y operaciones de ésta.
La duración del cargo es indefinida pudiendo ser removido en cualquier momento por el Directorio o por la JGA. En caso de ausencia del Gerente General, éste será reemplazado por la persona que designe el Directorio.
Funciones
El Gerente General es el ejecutor de las disposiciones del Directorio. Las principales funciones de este funcionario son las siguientes:
* Realizar los actos de administración y gestión ordinaria de la sociedad.
* Organizar el régimen interno de la sociedad, usar el sello de la misma,
expedir la correspondencia y cuidar que la contabilidad esté al día.
* Representar a la sociedad y apersonarse en su nombre y representación
ante las autoridades judiciales, administrativas, laborales, municipales,
políticas y policiales, en cualquier lugar de la República o en el extranjero.
* Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Directorio, salvo que
éste acuerde sesionar de manera reservada.
* Asistir, con voz pero sin voto a las sesiones, salvo que ésta decida lo contrario.
* Expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de las actas o de sesiones de Directorio, de libros contables y registros de la sociedad.
* Someter al Directorio, para su aprobación, los proyectos de la memoria y los estados financieros, los presupuestos de la sociedad para cada año,así como los programas de trabajo y demás actividades.
* Delegar total o parcialmente las facultades que se le conceden en el estatuto de la sociedad.
* Ejecutar el Plan de Negocios aprobado por el Directorio y proponer modificaciones al mismo.
* Preparar y ejecutar el presupuesto aprobado por el Directorio y proponer modificaciones al mismo.
* Celebrar y firmar los contratos y obligaciones de la sociedad, dentro de los criterios autorizados por el Estatuto y el Directorio de la sociedad.
* Delegar su celebración, desconcertar la realización de las licitaciones o concursos, contratar a personal que desempeñe cargos de nivel directivo.
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